Luego de cinco meses, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) de EE. UU. han publicado sus tan esperadas pautas técnicas para que los cruceros vuelvan a navegar en los Estados Unidos.
Son siete las páginas de regulaciones que se publicaron este viernes 2 de abril por la tarde que representan un camino para que las compañías de cruceros operen nuevamente en los Estados Unidos. Las mismas establecen importantes obstáculos logísticos diseñados para intentar minimizar la carga en la mayor medida posible en los estados federales, estatales y federales. y Recursos del gobierno local.
En conclusión, los CDC están pidiendo a las líneas de cruceros que demuestren que pueden manejar un incidente de COVID-19 por sí mismas sin depender de nadie en lo que tienen que ver con lo atinente al manejo de la cuarentena, la atención médica y el transporte de los pasajeros y tripulantes a bordo.
Un detalle: el CDC no mencionó una fecha concreta en la que los barcos podrían navegar o comenzar los viajes de prueba.
Algunos de los puntos mas notables de las pautas técnicas emitidas por el CDC:
- El CDC recomendó en su reglamento que todo el personal portuario y los viajeros (pasajeros y tripulación) reciban una vacuna COVID-19.
- El operador de un crucero debe documentar la aprobación de todas las autoridades sanitarias locales y portuarias de los EE. UU. Donde el barco tiene la intención de atracar o hacer puerto durante uno o más viajes simulados o viajes restringidos de pasajeros como condición para recibir o retener una práctica libre controlada para realizar uno o más viajes simulados o recibir y retener un Certificado de Navegación Condicional COVID-19.
- El acuerdo debe incluir un componente de operaciones portuarias (incluido un componente de vacunación), un componente de plan de atención médica y un componente de vivienda que cumpla con los requisitos.
- Los CDC requerirán una presentación de propuestas sobre cómo el operador de cruceros tiene la intención de incorporar estrategias de vacunación para proteger al máximo a los pasajeros y la tripulación de la introducción, amplificación y propagación de COVID-19 en el entorno marítimo y las comunidades terrestres.
- El CDC está requiriendo controles de embarque importantes y protocolos a bordo, incluida la evacuación médica en el mar por razones de COVID-19. Los protocolos deben depender de recursos comerciales (p. Ej., Embarcación auxiliar, embarcación de reserva fletada, puente aéreo fletado) para una evacuación médica inevitable en el mar y deben estar diseñados para minimizar la carga en la mayor medida posible de los recursos del gobierno federal, estatal y local, incluida la costa de EE. UU. Guarde los recursos. Todas las evacuaciones médicas en el mar deben coordinarse con la Guardia Costera de EE. UU.
- Las regulaciones también requieren protocolos de desembarco importantes en caso de que se produzca un brote.
- El acuerdo del operador de un crucero con todas las autoridades sanitarias locales y portuarias de los EE. UU. Donde el barco tiene la intención de atracar o hacer puerto durante uno o más viajes simulados o viajes de pasajeros restringidos debe incorporar acuerdos de atención médica entre el operador del crucero y las entidades de atención médica, que aborden la evacuación y transporte médico a hospitales en tierra para pasajeros o tripulantes que necesiten atención, de acuerdo con las instrucciones y órdenes técnicas de los CDC.
- Las líneas de cruceros también deben considerar las posibles necesidades de atención médica de los viajeros, incluida la capacidad de la salud pública local, la autoridad portuaria, el hospital y otro personal de respuesta a emergencias para responder a un brote de COVID-19 a bordo. Las líneas de cruceros deben explicar los factores en los que se basan todas las partes para determinar la capacidad de las instalaciones médicas en tierra o los sistemas de atención médica contractuales del operador del crucero.
- El acuerdo debe considerar dónde se ubicará físicamente el barco durante el período de aislamiento y cuarentena (es decir, en el muelle o anclado). Las partes del acuerdo deben considerar conjuntamente las posibles necesidades de vivienda de los viajeros, incluida la capacidad de la salud pública local, las autoridades portuarias, el hospital y otro personal de respuesta a emergencias para supervisar y monitorear las necesidades de vivienda de los viajeros en aislamiento y cuarentena. El acuerdo debe explicar brevemente los factores en los que se basan todas las partes para determinar la suficiencia de las instalaciones de vivienda en tierra contractuales o corporativas del operador del crucero.
- Cualquier estadía en tierra debe cumplir con las pautas de los CDC.










